La actividad penitenciaria tiene como fin primordial la reeducacion y la reinsercion social de los sentenciados a penas y medidas de seguridad privativas de libertad, asi como la retencion y custodia de los detenidos, presos y penados y la asistencia social de los internos, liberados y de sus familiares.
Articulo 2 del Reglamento Penitenciario ( R.D. 190/1996 )
No hay comentarios:
Publicar un comentario